Résumé
Los servicios sociales son uno de los grandes logros del Estado Social, a través de los cuales la Administración Pública (AP) contribuye al bienestar de las personas, en especial a los colectivos más desfavorecidos y, entre ellos, las personas con discapacidad o diversidad funcional, un sector muy afectado por las desigualdades sociales, especialmente vulnerable.\ \ El 23.11.2007 el Estado español ratificó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Nueva York, 13.12.2006), que destaca que las personas con discapacidad deben poseer el mismo grado de igualdad jurídica que el resto en todos los aspectos de la vida (art. 12). La Ley 8/2021, de 2 de junio, para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, modificando el Título XI del Código Civil. Anteriormente, la protección pivotaba sobre la distinción entre la capacidad jurídica y la capacidad de obrar, así como sobre la limitación judicial de la capacidad de obrar. Actualmente se centra en el apoyo a la persona que lo necesite, entendiendo que las personas con discapacidad no son sólo titulares de derechos fundamentales, sino también titulares del derecho a la toma de sus propias decisiones y que están legitimadas para realizar en nombre propio los actos que requieran para llevarlos a cabo.\ \ La gestión de los servicios sociales en materia de discapacidad está comenzando a sufrir cambios importantes, pasando de un régimen de discapacidad hacia un sistema de apoyo, en el cual se intentará complacer los deseos vitales de la persona. Este nuevo modelo más humano pone en serias dificultades la gestión de estos servicios, debido a su nuevo y alto grado de personalización, así como complica el control y la garantía de calidad por parte de la AP, en la que tienen un rol determinante las trabajadoras sociales.
Mots clés (séparés par des virgules)
Servicios sociales, Código Civil, Discapacidad, Diversidad funcional, Trabajo Social, Sistema de apoyo